RESOLUCIÓN CONJUNTA -C.G.- Nº
620-2016
Aprueba los cursogramas dispuestos
para la tramitación de los reemplazos temporarios del personal encuadrado en el
artículo 6º de la Ley 1279 y su
Decreto Reglamentario, y las prorrogas correspondientes
Estado de la norma: VIGENTE.-
Complementaria del Art. 6 de la Ley Nº 1279
Dictado el 29-12-16.-
Operador del Digesto: Y.A.C.-
VISTO:
El expediente nº 12311/16 “CONTADURIA GENERAL S/PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO ART. 6º LEY Nº 1279; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6º de la Ley 1279 establece la posibilidad de realizar
reemplazos de carácter transitorio del personal de la Administración Provincial
incluido en la citada ley;
Que a los efectos de avanzar en la tramitación de los reemplazos indicados
se establecen los cursogramas respectivos;
Que corresponde establecer el procedimiento a seguir por cada uno de las
reparticiones que intervienen en el trámite para lograr mayor celeridad;
Que atento ello, corresponde establecer qué organismos intervendrán y qué
controles serán llevados a cabo en la realización de este tipo de trámites;
Que es necesario eficientizar los procedimientos administrativos de este
tipo de trámites;
Que han tomado intervención las Asesorías Letradas actuante en los
Ministerios de Salud y de Hacienda y Finanzas;
POR ELLO,
EL MINISTRO DE SALUD, EL MINISTRO
DE HACIENDA Y FINANZAS
Y EL CONTADOR GENERAL DE LA
PROVINCIA
RESUELVEN:
Artículo 1º: Apruébese el cursograma
establecido en el Anexo
I dispuesto para la tramitación de reemplazos temporarios del personal
encuadrado en el artículo 6º de la Ley 1279 y su Decreto Reglamentario,
estableciéndose los organismos intervinientes y los controles administrativos a
realizarse en su tramitación.
Artículo 2º: Apruébese el
cursograma establecido en el Anexo II
dispuesto para la tramitación de prorrogas de reemplazos temporarios del
personal encuadrado en el artículo 6º de la Ley 1279 y su Decreto
Reglamentario, estableciéndose los organismos intervinientes y los controles
administrativos a realizarse en su tramitación.
Artículo 3º: El Ministerio de Salud tendrá la responsabilidad de
verificar que el postulante a ocupar el reemplazo transitorio cumple con todos
los requisitos dispuestos por la legislación vigente, incorporando en cada
tramitación una certificación expedida por el Director de Recursos Humanos del
Ministerio de Salud.
Artículo 4º: Regístrese,
notifíquese al Ministerio de Salud, al Ministerio de Hacienda y Finanzas y a la
Contaduría General y dese al Boletín Oficial para su publicación.
RESOLUCION CONJUNTA Nº 620/16
Cr. Ernesto Franco
Ministro de Hacienda y
Finanzas
Dr. Ruben O. Ojuez
Ministro de Salud
Cr. Adrian R. Garcia
Contador General